¿Quién es responsable del pasaporte de productos de los productos?
El fabricante es responsable del pasaporte
El fabricante de un producto es la parte responsable del pasaporte de producto digital. Esto se desprendedel artículo 27 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), en el que se establecen las obligaciones de los fabricantes. El fabricante debe asegurar que el pasaporte se cree, que los datos sean correctos, que esté vinculado al soporte de datos correcto en el producto, y que la información se mantenga actualizada mientras el producto esté en el mercado. No es una tarea que se completa de una sola vez: el pasaporte debe ser un documento vivo que acompañe al producto, incluso si posteriormente cambia algo en la composición, el origen o el mantenimiento.
Para quién se aplica esto y para qué no
Esta obligación se aplica a la parte que actúa como fabricante en el sentido del ESPR: quien diseña o fabrica el producto y lo comercializa bajo su propio nombre. El artículo 27 se dirige específicamente a esa función. Otros eslabones de la cadena — importadores y distribuidores — tienen sus propias obligaciones según el ESPR, pero estas se establecen en disposiciones distintas a los dos artículos que aquí son centrales. Quien actúa únicamente como comerciante o revendedor sin considerarse fabricante, por lo tanto, no cae automáticamente bajo el artículo 27; el rol exacto que desempeña cada uno depende de la situación de hecho y de las definiciones que utiliza el ESPR para ello. También es importante señalar que esta obligación en sí no dice nada sobre qué grupos de productos realmente necesitan un pasaporte — esto se regula por separado para cada grupo de productos.
Cuándo entra en vigor, aún no está establecido para cada grupo de productos
El ESPR es la normativa marco que introduce el pasaporte de producto digital y describe cómo debe ser; el artículo 9 establece los requisitos generales de tal pasaporte. Si y cuándo un grupo de productos concreto debe tener obligatoriamente un pasaporte se regula por separado para cada grupo de productos mediante un reglamento delegado. Para algunos grupos de productos, tal regulación ya se ha establecido o se ha anunciado, para otros aún no. Lo que sí está claro es el marco en sí: la distribución de funciones del artículo 27 y los requisitos básicos del pasaporte del artículo 9 sirven como punto de partida una vez que un grupo de productos entra en el ámbito de aplicación de la normativa. Hasta que un grupo de productos sea específicamente designado, no hay obligación de pasaporte para esos productos conforme al ESPR. Quien quiera saber si y a partir de cuándo se aplicará esto a un grupo de productos específico, lo encontrará en el reglamento delegado para ese grupo, no en el ESPR en sí.
Cómo se aborda esto en la práctica
El primer paso es verificar si el rol propio se corresponde con el de fabricante según lo entiende el ESPR, y no con el de importador o distribuidor sin responsabilidad de producción propia. El segundo paso es averiguar si ya se ha establecido o está en preparación un reglamento delegado para el grupo de productos propio, ya que esto determina la obligación real y el contenido del pasaporte. El tercer paso es recopilar los datos necesarios: documentación técnica, información sobre materiales, origen, datos sobre reparación y reciclaje — a menudo procedentes de múltiples partes de la cadena de suministro, no solo del fabricante. El cuarto paso es compilar el pasaporte basándose en esos datos y vincularlo a un soporte de datos, normalmente un código QR en o junto al producto. El quinto paso es mantener el pasaporte actualizado: tan pronto como los datos cambien, la información en el pasaporte debe cambiar en consecuencia, y la documentación debe permanecer disponible mientras el producto esté en el mercado. Este último aspecto es precisamente donde el hosting y la gestión juegan un papel, independientemente de quién sea responsable en términos de contenido de la exactitud de los datos.
Dónde se establece esto: artículo 27 y artículo 9 del ESPR
La responsabilidad del fabricante respecto al pasaporte de producto se deriva directamente del artículo 27 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781), que establece las obligaciones de los fabricantes. El artículo 9 del mismo reglamento describe qué debe contener un pasaporte de producto digital en sentido general y cómo debe ser accesible. Juntos, estos dos artículos forman la base: quién es responsable y qué se espera del pasaporte. El contenido específico y el momento de la obligación para un grupo de productos concreto se derivan de un reglamento delegado independiente para ese grupo, que no se ha tratado en este artículo.
Quien desee saber si esto afecta a su propio producto, debe comenzar por determinar si es fabricante conforme al ESPR y luego averiguar si ya se ha publicado o anunciado un reglamento delegado para su grupo de productos; el texto de ese reglamento aclarará entonces el contenido y la fecha de entrada en vigor.
En qué se basa esto
- Directiva (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 27 (obligaciones de los fabricantes)
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 9 (pasaporte de producto digital)
El Reglamento se encuentra en EUR-Lex. Nos referimos a cada afirmación; no tiene que creernos.
Lo que debe hacer concretamente
Lo que se espera de usted
El ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) asigna la responsabilidad del pasaporte digital del producto en primer lugar al fabricante. Se trata de quien diseña el producto o lo hace fabricar y lo comercializa bajo su propio nombre o marca. El artículo 27 del ESPR explica lo que se espera de los fabricantes; el artículo 9 del ESPR describe lo que el pasaporte en sí debe contener y cómo debe ser accesible. Para una empresa de 10 a 100 empleados, esto se traduce en la práctica en una serie de tareas individuales que a menudo se distribuyen entre diferentes departamentos.
Asegurar que el pasaporte existe antes de que el producto llegue al mercado
El pasaporte debe estar presente en el momento en que un producto se pone a disposición. Esto significa que la recopilación de datos no es algo que se gestione posteriormente, después de la producción o la importación, sino un paso que debe estar integrado en el proceso antes del lanzamiento. Para una empresa con múltiples líneas de productos, esto suele significar que alguien —a menudo en calidad, cumplimiento o gestión de productos— se convierte en el propietario de este proceso por grupo de productos, porque los requisitos pueden diferir por grupo.
Asegurar que los datos sean correctos y se mantengan actualizados
El fabricante es responsable de la exactitud de lo que aparece en el pasaporte, incluso si la importación o el alojamiento real lo realiza un tercero. Esto no solo afecta a la técnica sino también a la organización: quién puede proporcionar datos, quién los verifica y qué sucede si una especificación cambia después de una modificación en el proceso de producción. En las empresas más pequeñas, a menudo falta un punto de contacto fijo, lo que resulta en que los cambios no se implementen de manera consistente.
Asegurar que el portador de datos QR está presente en el producto y es legible
El artículo 9 del ESPR vincula el pasaporte a un portador de datos físico en o junto al producto. Esta es una obligación práctica que afecta al embalaje, etiquetado y a veces al producto en sí. Para las empresas que venden surtido a través de múltiples canales, es importante que este portador esté presente en cada ejecución y variante de embalaje, también en caso de pequeños cambios en la línea de productos.
Saber quién juega qué papel en la cadena
No todas las empresas son necesariamente fabricantes por definición. Una empresa que importa productos de un tercer país, o que vende productos de otra empresa bajo su propia marca, puede verse asignada repentinamente el papel de fabricante bajo el ESPR, con todas las obligaciones correspondientes. Las empresas que duden sobre su propia posición en la cadena pueden desarrollarlo más a través de ¿Soy importador o fabricante según la ESPR?. Para las empresas que no fabrican pero sí venden, hay una cuestión separada que se puede encontrar en ¿Qué obligaciones tiene un distribuidor o comerciante de productos?.
Dónde se producen los errores en la práctica
Una primera situación que surge frecuentemente: una empresa cree que la responsabilidad recae en el proveedor o productor en el extranjero, cuando la empresa en sí es el importador y, por lo tanto, la parte que debe poder mostrar los datos en Europa. Esto es especialmente el caso cuando los productos se compran a una fábrica fuera de la UE sin que se hayan hecho acuerdos sobre quién compila el pasaporte.
Una segunda situación: un propietario de marca hace fabricar un producto por un tercero, pero lo vende bajo su propio nombre. La responsabilidad se desplaza entonces hacia el propietario de la marca, incluso si este no tiene fábrica propia. Esto a menudo se subestima, lo que resulta en que nadie en la cadena se considere responsable del pasaporte hasta que surge una pregunta de una autoridad de supervisión o un socio comercial.
Una tercera situación surge cuando los cambios de producto no se comunican a la parte que administra el pasaporte. Un ajuste en la elección de materiales o en el proveedor de una pieza se gestiona internamente a través de compras o ingeniería, sin que el departamento de cumplimiento se entere. El pasaporte continúa mostrando datos que ya no coinciden con el producto entregado.
Una cuarta situación se da en empresas que operan a través de múltiples canales de venta, incluyendo un marketplace en línea. En este caso existe incertidumbre sobre quién es responsable de mostrar el pasaporte en el punto de venta, especialmente cuando la propia plataforma también gestiona partes de la oferta. Más información al respecto se encuentra en ¿Qué significa el pasaporte de producto si vendo productos a través de un mercado en línea?.
Una quinta situación, a menudo subestimada: en productos de marca de distribuidor se asume que la fábrica que manufactura el producto también es responsable del pasaporte, mientras que según el reglamento ese papel puede corresponder al propietario de la marca. Esto toca directamente la cuestión ¿quién es responsable del pasaporte del producto en productos de marca blanca.
Lo que puede documentar
- Un resumen por grupo de productos de quién dentro de la organización es responsable del proceso del pasaporte, incluyendo un sustituto en caso de ausencia.
- Un acuerdo escrito con proveedores o socios de producción sobre quién suministra qué datos y en qué fase del proceso lo hace.
- Un procedimiento documentado para realizar cambios en las características del producto, de modo que las modificaciones en material, composición u origen se comuniquen automáticamente a la parte que gestiona el pasaporte.
- Un resumen de todos los canales de venta en los que se ofrece el producto, con una anotación por canal sobre quién gestiona la datadrager QR y los datos correspondientes.
- En caso de colaboración con un propietario de marca o cliente: un acuerdo escrito sobre cuál de las dos partes actúa como fabricante en el sentido del ESPR, algo que también es relevante al desarrollar Vendo productos bajo mi propia marca — ¿qué obligaciones me corresponden?.
- Un expediente por línea de producto con los archivos fuente subyacentes de los datos en el pasaporte, de manera que ante una consulta de una autoridad supervisora o socio comercial quede claro de dónde procede la información y quién la ha suministrado.
Esto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la regulación que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. En caso de duda sobre su caso específico, consulte a un abogado o a la autoridad de supervisión competente.
Escrito con IA basado en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Déjalo saber — las correcciones tienen prioridad.